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Monthly Archives for marzo 2024

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Deficiencias constructivas en edificios

Plazo de garantía por defectos de acabado de la vivienda.

Cuando se compra de primera mano un inmueble, hay que saber que existe un plazo de garantía por defectos de acabado de la vivienda o local. Los plazos de garantía en general son aquellos que la Ley ofrece a los adquirentes de viviendas o locales de negocio para protegerlos, durante esos plazos, de los daños causados por una mala construcción.

La Ley que contempla los distintos plazos de garantía es la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).

¿Qué plazo tiene la comunidad de propietarios para reclamar defectos constructivos?

La LOE establece TRES PLAZOS DE GARANTÍA que van en función de la importancia de los daños por la mala construcción y que son de :

–  10 AÑOS por los daños que resulten de vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio.

–  3 AÑOS por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad.

–  1 AÑO por los daños derivados de una deficiente ejecución, que son los denominados «DEFECTOS DE ACABADO«, de los que nos vamos a ocupar.

Por último decir que todos estos vicios de la construcción han de producirse o exteriorizarse dentro de cada uno de los plazos de garantía señalados.

¿Cuál es el plazo de prescripción de la garantía?

Una vez que se produce el defecto constructivo dentro del plazo de garantía, de conformidad al art. 18 LOE existe un plazo de prescripción de dos años para reclamar el defecto.

El hecho de que el plazo sea de prescripción y no de caducidad, nos permite interrumpir el plazo mediante una reclamación extrajudicial y volver a iniciar el cómputo de los dos años.

 ¿Cómo actuar si hay varios vecinos afectados?

En aquellos supuestos donde los defectos de construcción afectan a varias viviendas, lo más recomendable será plantear una reclamación conjunta por los propietarios afectados. La acumulación de acciones supondrá utilizar todos los medios de prueba en un solo juicio para acreditar todos los daños y su responsabilidad, resolviendo el contencioso en una única sentencia, además, la unión de los afectados supondrá un ahorro de costes tanto en lo referente al informe pericial como a los honorarios de defensa jurídica.

¿Qué hacer en Comunidades de Propietarios, cuando los daños afectan a elementos comunes y a elementos privativos de las viviendas?

Cuando un edificio padece defectos constructivos, las patologías se manifiestan tanto en elementos comunes como en viviendas, de hecho, es habitual que defectos cuyo origen residen en zonas comunales los daños afecten a elementos privativos (filtraciones de cubierta, falta aislamientos en fachada, deficiencias en instalaciones…).  En cualquier caso, el administrador o el presidente de la comunidad pueden reclamar a los agentes de la edificación la reparación de todos los daños del edificio, comunes o particulares. De no obtener la debida respuesta o si las obras de reparación son infructuosas, será la comunidad en Junta de Propietarios quien deba contratar a un despacho de abogados especializado en defectos de construcción y a un perito especialista en patología constructiva para dictaminar los daños e imputar responsabilidades. Este informe pericial es imprescindible para negociar con los agentes la rehabilitación del edificio o, de no existir voluntad de acuerdo, interponer la correspondiente demanda judicial.

Todos los daños del edificio derivan del mismo Proyecto y Licencia de Obra, por ello, podremos acumular todas las acciones en un único procedimiento judicial, estando legitimado el Presidente para representar en juicio a la comunidad de propietarios por daños en zonas comunes y a los propietarios individuales por daños en sus viviendas, siempre que el acuerdo se apruebe en Junta de Propietarios debidamente convocada al efecto y ningún propietario individual se oponga al ejercicio de acciones en lo referente a su vivienda o local.

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Consejos para evitar robos en vacaciones

Ante los previsibles desplazamientos entre comunidades autónomas a segundas residencias de cara a las vacaciones, lo que propicia la posibilidad de ser víctima de un robo, simular que la vivienda se encuentra habitada y no difundir nuestras vacaciones en las redes sociales, además de conectar el dispositivo de alarma ante posibles

Horas punta de robos

Los ladrones también cuentan con sus horarios favoritos para perpetrar sus robos, tal y como demuestra el Barómetro de Seguridad de Securitas Direct, cuyos datos se han extraído de sus dos Centrales Receptoras de Alarmas, las dos más grandes de Europa.

Las horas punta de las intrusiones son las noches y madrugadas de los fines de semana, desde las 21h hasta las 2h, momentos en los que es más fácil que las casas estén vacías y cuando los ladrones llevan a cabo los robos.

Estos son 7 consejos que pueden ayudarte a mantener a salvo tu hogar durante las vacaciones:

  • No anunciar qué nos vamos de viaje o publicarlo en redes sociales.
  • Dejar algunas persianas subidas: Dejar todo cerrado a cal y canto haría demasiado evidente que la vivienda no está ocupada, así que procura cerrar bien las puertas y ventanas, pero deja que entre algo de luz para que parezca que hay alguien. Además, podéis pedir a un familiar, amigo o vecino de confianza que se pase por allí cada cierto tiempo y suba o baje algunas persianas.
  • Los temporizadores pueden ser grandes aliados: Instalarlos en las luces para que se enciendan y apaguen a determinadas horas puede ayudar a simular que hay alguien en casa.
  • La acumulación de correo también es un indicador que los ladrones utilizan para averiguar qué domicilios están vacíos. Como en el caso de las persianas, un familiar, amigo o vecino de confianza puede ayudarte con eso si te planeas estar demasiados días fuera.
  • Evita dejar objetos de valor a la vista, ya sea dinero en efectivo, joyas o cualquier otro elemento que pueda ser tentador. Si tienes caja fuerte en casa aprovéchala e introduce todo lo que veas necesario antes de salir.
  • Aconsejamos desactivar la geolocalización de tus dispositivos y aplicaciones móviles.